DICTAMENES DE PUNTOS DE ACUERDO APROBADOS EN LA LXIII LEGISLATURA SECRETARÍA GENERAL
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DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA RESOLUTIVOS SEGUIMIENTO
1   De la Segunda Comisión, punto de acuerdo que exhorta a los gobiernos de las 32 entidades federativas a asegurar el efectivo cumplimiento e implementación del artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para garantizar que la edad mínima para contraer matrimonio sea establecida a partir de 18 años e implementen los programas integrales de sensibilización sobre las consecuencias negativas del matrimonio infantil en niñas, niños y adolescentes.


Aprobado: Por Dictamen

- Segunda Comisión: Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública

Fecha de dictamen:
1-Agosto-2018


Publicación en Gaceta:
1-Agosto-2018
ÚNICO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de las treinta y dos entidades federativas a asegurar el efectivo cumplimiento e implementación del artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para garantizar que la edad mínima para contraer matrimonio sea establecida a partir de 18 años e implementen los programas integrales de sensibilización sobre las consecuencias negativas del matrimonio infantil en niñas, niños y adolescentes. 1. Proposicion presentada por la Sen. Angélica de la Peña Gómez (PRD), el 25 de julio de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en sesión de la Comisión Permanente del 01 de agosto de 2018.

3. Aprobado en Votación económica.

4. Comuniquese.